Regulan impuestos a extracción no metálica....
Fecha de noticia: 6-Agosto-2015
Por: Carlos Urbina
El día de ayer se publica un segundo reglamento a la ley 27 de 2015 (ver reforma) en lo concerniente a la extracción de piedra, arena y otros minerales no metálicos.
La norma contiene 14 artículos.
El primero de los artículos pierde la oportunidad de reglamentar los términos que la ley indica y sólo se limita a repetir las expresiones de minerales no metálicos aludidas en la ley.
El segundo de los artículos indica que la obligación de pago es mensual y la DGI tiene la obligación de compartir la constancia del pago con el MICI.
El tercero, cuarto y quinto de los artículos establecen una fantasiosa imposibilidad de trasladar el precio del impuesto al consumidor final y crea una rara "base de datos" de precios, capacidad de extracción y monto de minerales por extraer.
El octavo de los artículos parece facultar la creación de un nuevo campo en el sistema de pagos a terceros para reportar la venta y compra de minerales.
El último de los artículos permite la renuncia de la concesión a quienes vean imposible el pago de estos nuevos impuestos.
La reglamentación ha causado malestar en los concesionarios que ven con preocupación que no fueron tomadas en cuenta sus recomendaciones.
,Vea reglamentación haciendo click aquí: (vea Decreto Ejecutivo 360 de 4 de Agosto de 2015)
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